Josep Vilà Camps
Alcalde Del Ayuntamiento De Fogars De La Selva · IF
Cuánto gana Josep Vilà Camps: percibe 11.400 € brutos al año (814 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de fogars de la selva en Ayuntamiento De Fogars De La Selva.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Fogars De La Selva
- Institución
- Ayuntamiento De Fogars De La Selva
- Partido
- IF
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Fogars De La Selva
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Cobra 11.980 € menos al año que la media de alcaldes (49 %).
Sueldo y retribuciones de Josep Vilà Camps
Alcalde Del Ayuntamiento De Fogars De La Selva
IFEn activo| Salario bruto mensual | 814,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 11.400,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
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¿Cuánto gana Josep Vilà Camps?
Josep Vilà Camps percibe un sueldo bruto anual de 11.400 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Fogars De La Selva en Ayuntamiento De Fogars De La Selva. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Josep Vilà Camps al mes?
Josep Vilà Camps percibe 814 € brutos al mes, equivalentes a 11.400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Josep Vilà Camps?
El sueldo bruto anual de Josep Vilà Camps (11.400 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Josep Vilà Camps?
Josep Vilà Camps está afiliado o vinculado a IF.
¿Qué cargo tiene actualmente Josep Vilà Camps?
Josep Vilà Camps ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Fogars De La Selva en Ayuntamiento De Fogars De La Selva (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .