Josu Gorospe Lapatza
Alcalde Del Ayuntamiento De Dima · PNV
Cuánto gana Josu Gorospe Lapatza: percibe 21.613 € brutos al año (1801 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de dima en Ayuntamiento De Dima.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Dima
- Institución
- Ayuntamiento De Dima
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Dima
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 1767 € menos al año que la media de alcaldes (92 %).
Sueldo y retribuciones de Josu Gorospe Lapatza
Alcalde Del Ayuntamiento De Dima
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 1801,06 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 21.612,78 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Dima
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 1801,06 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 21.612,78 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Josu Gorospe Lapatza?
Josu Gorospe Lapatza percibe un sueldo bruto anual de 21.613 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Dima en Ayuntamiento De Dima. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Josu Gorospe Lapatza al mes?
Josu Gorospe Lapatza percibe 1801 € brutos al mes, equivalentes a 21.613 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Josu Gorospe Lapatza?
El sueldo bruto anual de Josu Gorospe Lapatza (21.613 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Josu Gorospe Lapatza?
Josu Gorospe Lapatza está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Josu Gorospe Lapatza?
Josu Gorospe Lapatza ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Dima en Ayuntamiento De Dima (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .