Juan Alonso Tembras
Alcalde Del Ayuntamiento De As Somozas · Partido Popular
Cuánto gana Juan Alonso Tembras: percibe 4400 € brutos al año (314 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de as somozas en Ayuntamiento De As Somozas.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De As Somozas
- Institución
- Ayuntamiento De As Somozas
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- As Somozas
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 18.980 € menos al año que la media de alcaldes (19 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Alonso Tembras
Alcalde Del Ayuntamiento De As Somozas
PPEn activo| Salario bruto mensual | 314,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4400,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Somozas As
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 83,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1000,00 € |
Sin dedicación
Otros políticos de Partido Popular
Ver todos →Otros alcaldes en Galicia
Ver todos →Comparar a Juan Alonso Tembras con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Juan Alonso Tembras?
Juan Alonso Tembras percibe un sueldo bruto anual de 4400 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De As Somozas en Ayuntamiento De As Somozas. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Alonso Tembras al mes?
Juan Alonso Tembras percibe 314 € brutos al mes, equivalentes a 4400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Alonso Tembras?
El sueldo bruto anual de Juan Alonso Tembras (4400 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Alonso Tembras?
Juan Alonso Tembras está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Alonso Tembras?
Juan Alonso Tembras ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De As Somozas en Ayuntamiento De As Somozas (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .