Juan Carlos Hernandez Martinez
Alcalde Del Ayuntamiento De Logrosán · PSOE
Cuánto gana Juan Carlos Hernandez Martinez: percibe 630 € brutos al año (53 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de logrosán en Ayuntamiento De Logrosán.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Logrosán
- Institución
- Ayuntamiento De Logrosán
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Logrosán
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.750 € menos al año que la media de alcaldes (3 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Carlos Hernandez Martinez
Alcalde Del Ayuntamiento De Logrosán
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 52,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 630,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Logrosán
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 52,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 630,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Juan Carlos Hernandez Martinez?
Juan Carlos Hernandez Martinez percibe un sueldo bruto anual de 630 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Logrosán en Ayuntamiento De Logrosán. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Carlos Hernandez Martinez al mes?
Juan Carlos Hernandez Martinez percibe 53 € brutos al mes, equivalentes a 630 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Carlos Hernandez Martinez?
El sueldo bruto anual de Juan Carlos Hernandez Martinez (630 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Carlos Hernandez Martinez?
Juan Carlos Hernandez Martinez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Carlos Hernandez Martinez?
Juan Carlos Hernandez Martinez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Logrosán en Ayuntamiento De Logrosán (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .