Juan David Moreno Salas
Alcalde Del Ayuntamiento De Torvizcón · PSOE
Cuánto gana Juan David Moreno Salas: percibe 32.841 € brutos al año (2346 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de torvizcón en Ayuntamiento De Torvizcón.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Torvizcón
- Institución
- Ayuntamiento De Torvizcón
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Torvizcón
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9461 € más al año que la media de alcaldes (140 %).
Sueldo y retribuciones de Juan David Moreno Salas
Alcalde Del Ayuntamiento De Torvizcón
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 2345,80 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 32.841,20 € |
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¿Cuánto gana Juan David Moreno Salas?
Juan David Moreno Salas percibe un sueldo bruto anual de 32.841 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Torvizcón en Ayuntamiento De Torvizcón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan David Moreno Salas al mes?
Juan David Moreno Salas percibe 2346 € brutos al mes, equivalentes a 32.841 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan David Moreno Salas?
El sueldo bruto anual de Juan David Moreno Salas (32.841 €) equivale a 1,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan David Moreno Salas?
Juan David Moreno Salas está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan David Moreno Salas?
Juan David Moreno Salas ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Torvizcón en Ayuntamiento De Torvizcón (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .