Juan Díaz Caballero
Alcalde Del Ayuntamiento De El Viso · PSOE
Cuánto gana Juan Díaz Caballero: percibe 44.067 € brutos al año (3148 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de el viso en Ayuntamiento De El Viso.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De El Viso
- Institución
- Ayuntamiento De El Viso
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- El Viso
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.687 € más al año que la media de alcaldes (188 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Díaz Caballero
Alcalde Del Ayuntamiento De El Viso
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 3147,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 44.067,30 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcalde Del Ayuntamiento De Viso El
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 79,17 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 950,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Juan Díaz Caballero?
Juan Díaz Caballero percibe un sueldo bruto anual de 44.067 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De El Viso en Ayuntamiento De El Viso. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Díaz Caballero al mes?
Juan Díaz Caballero percibe 3148 € brutos al mes, equivalentes a 44.067 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Díaz Caballero?
El sueldo bruto anual de Juan Díaz Caballero (44.067 €) equivale a 2,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Díaz Caballero?
Juan Díaz Caballero está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Díaz Caballero?
Juan Díaz Caballero ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De El Viso en Ayuntamiento De El Viso (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .