Juan Dios Fresneda Arquero
Alcalde Del Ayuntamiento De San Miguel De Salinas · PSOE
Cuánto gana Juan Dios Fresneda Arquero: percibe 28.420 € brutos al año en 2026 como alcalde del ayuntamiento de san miguel de salinas en Ayuntamiento De San Miguel De Salinas.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De San Miguel De Salinas
- Institución
- Ayuntamiento De San Miguel De Salinas
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- San Miguel De Salinas
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Cobra 5040 € más al año que la media de alcaldes (122 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Dios Fresneda Arquero
Alcalde Del Ayuntamiento De San Miguel De Salinas
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 28.420,00 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2024.
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¿Cuánto gana Juan Dios Fresneda Arquero?
Juan Dios Fresneda Arquero percibe un sueldo bruto anual de 28.420 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De San Miguel De Salinas en Ayuntamiento De San Miguel De Salinas. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Dios Fresneda Arquero?
El sueldo bruto anual de Juan Dios Fresneda Arquero (28.420 €) equivale a 1,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Dios Fresneda Arquero?
Juan Dios Fresneda Arquero está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Dios Fresneda Arquero?
Juan Dios Fresneda Arquero ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De San Miguel De Salinas en Ayuntamiento De San Miguel De Salinas (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .