Juan Jesús Bermejo Delgado
Alcalde del Ayuntamiento de Berrocal · PSOE
Cuánto ganaba Juan Jesús Bermejo Delgado: percibía 30.000 € brutos al año (2143 € al mes) como alcalde del ayuntamiento de berrocal en Ayuntamiento de Berrocal.
- Cargo
- Alcalde del Ayuntamiento de Berrocal
- Institución
- Ayuntamiento de Berrocal
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Berrocal
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6621 € más al año que la media de alcaldes (128 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Jesús Bermejo Delgado
Alcalde del Ayuntamiento de Berrocal
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2142,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 30.000,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde del Ayuntamiento de Berrocal
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 2142,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 30.000,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto ganaba Juan Jesús Bermejo Delgado?
Juan Jesús Bermejo Delgado percibía un sueldo bruto anual de 30.000 € como Alcalde del Ayuntamiento de Berrocal en Ayuntamiento de Berrocal. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico del cargo en el último ejercicio con dato publicado.
¿Cuánto cobraba Juan Jesús Bermejo Delgado al mes?
Juan Jesús Bermejo Delgado percibía 2143 € brutos al mes, equivalentes a 30.000 € brutos anuales.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Jesús Bermejo Delgado?
El sueldo bruto anual de Juan Jesús Bermejo Delgado (30.000 €) equivale a 1,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Jesús Bermejo Delgado?
Juan Jesús Bermejo Delgado está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo ocupó Juan Jesús Bermejo Delgado?
Juan Jesús Bermejo Delgado ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Berrocal en Ayuntamiento de Berrocal (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Datos cargados y normalizados de forma automática; el criterio editorial y las comprobaciones están descritos en la metodología.Última actualización del registro: .