Juan Jose Alonso Perandones
Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga · PSOE
Cuánto gana Juan Jose Alonso Perandones: percibe 9120 € brutos al año (760 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de astorga en Ayuntamiento De Astorga.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga
- Institución
- Ayuntamiento De Astorga
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Astorga
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.260 € menos al año que la media de alcaldes (39 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Jose Alonso Perandones
Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 760,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9120,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 760,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9120,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Juan Jose Alonso Perandones?
Juan Jose Alonso Perandones percibe un sueldo bruto anual de 9120 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga en Ayuntamiento De Astorga. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Jose Alonso Perandones al mes?
Juan Jose Alonso Perandones percibe 760 € brutos al mes, equivalentes a 9120 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Jose Alonso Perandones?
El sueldo bruto anual de Juan Jose Alonso Perandones (9120 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Jose Alonso Perandones?
Juan Jose Alonso Perandones está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Jose Alonso Perandones?
Juan Jose Alonso Perandones ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Astorga en Ayuntamiento De Astorga (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .