Juan López Fernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Feria · PSOE
Cuánto gana Juan López Fernández: percibe 23.225 € brutos al año (1659 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de feria en Ayuntamiento De Feria.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Feria
- Institución
- Ayuntamiento De Feria
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Feria
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 155 € menos al año que la media de alcaldes (99 %).
Sueldo y retribuciones de Juan López Fernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Feria
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 1658,96 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 23.225,39 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Feria
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 1658,96 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 23.225,39 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes en Extremadura
Ver todos →Comparar a Juan López Fernández con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Juan López Fernández?
Juan López Fernández percibe un sueldo bruto anual de 23.225 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Feria en Ayuntamiento De Feria. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan López Fernández al mes?
Juan López Fernández percibe 1659 € brutos al mes, equivalentes a 23.225 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan López Fernández?
El sueldo bruto anual de Juan López Fernández (23.225 €) equivale a 1,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan López Fernández?
Juan López Fernández está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan López Fernández?
Juan López Fernández ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Feria en Ayuntamiento De Feria (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .