Juan Miguel Parra Bueno
Alcalde Del Ayuntamiento De Corral-Rubio · PSOE
Cuánto gana Juan Miguel Parra Bueno: percibe 9000 € brutos al año (750 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de corral-rubio en Ayuntamiento De Corral-Rubio.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Corral-Rubio
- Institución
- Ayuntamiento De Corral-Rubio
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Corral-Rubio
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.380 € menos al año que la media de alcaldes (38 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Miguel Parra Bueno
Alcalde Del Ayuntamiento De Corral-Rubio
PSOE2021–2023| Salario bruto mensual | 750,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9000,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Corral-Rubio
PSOE2021–2023| Salario bruto mensual | 750,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 9000,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Juan Miguel Parra Bueno?
Juan Miguel Parra Bueno percibe un sueldo bruto anual de 9000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Corral-Rubio en Ayuntamiento De Corral-Rubio. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Miguel Parra Bueno al mes?
Juan Miguel Parra Bueno percibe 750 € brutos al mes, equivalentes a 9000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Miguel Parra Bueno?
El sueldo bruto anual de Juan Miguel Parra Bueno (9000 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Miguel Parra Bueno?
Juan Miguel Parra Bueno está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Miguel Parra Bueno?
Juan Miguel Parra Bueno ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Corral-Rubio en Ayuntamiento De Corral-Rubio (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .