Juan Morato Morato
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos · Partido Popular
Cuánto gana Juan Morato Morato: percibe 1500 € brutos al año (107 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de los santos.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos
- Partido
- Partido Popular
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.880 € menos al año que la media de alcaldes (6 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Morato Morato
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 107,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1500,00 € |
| Dietas | 1500,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 107,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1500,00 € |
| Dietas | 1500,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos
PP2019–2021| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Retribuciones para el cargo en 2019. Sin dedicación
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¿Cuánto gana Juan Morato Morato?
Juan Morato Morato percibe un sueldo bruto anual de 1500 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Morato Morato al mes?
Juan Morato Morato percibe 107 € brutos al mes, equivalentes a 1500 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Morato Morato?
El sueldo bruto anual de Juan Morato Morato (1500 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Morato Morato?
Juan Morato Morato está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Morato Morato?
Juan Morato Morato ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .