Juan Muñoz Bartolomé
Alcalde Del Ayuntamiento De Armiñón · PNV
Cuánto gana Juan Muñoz Bartolomé: percibe 3333 € brutos al año (278 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de armiñón en Ayuntamiento De Armiñón.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Armiñón
- Institución
- Ayuntamiento De Armiñón
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Armiñón
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.047 € menos al año que la media de alcaldes (14 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Muñoz Bartolomé
Alcalde Del Ayuntamiento De Armiñón
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 277,78 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3333,32 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Armiñón
EAJ-PNV2019–2023| Salario bruto mensual | 277,78 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3333,32 € |
Sin dedicación
Otros políticos de PNV
Ver todos →Otros alcaldes en País Vasco
Ver todos →Comparar a Juan Muñoz Bartolomé con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Juan Muñoz Bartolomé?
Juan Muñoz Bartolomé percibe un sueldo bruto anual de 3333 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Armiñón en Ayuntamiento De Armiñón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Muñoz Bartolomé al mes?
Juan Muñoz Bartolomé percibe 278 € brutos al mes, equivalentes a 3333 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Muñoz Bartolomé?
El sueldo bruto anual de Juan Muñoz Bartolomé (3333 €) equivale a 0,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Muñoz Bartolomé?
Juan Muñoz Bartolomé está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Muñoz Bartolomé?
Juan Muñoz Bartolomé ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Armiñón en Ayuntamiento De Armiñón (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .