Juan Pulido Gil
Alcalde Del Ayuntamiento De Alange · PSOE
Cuánto gana Juan Pulido Gil: percibe 25.152 € brutos al año (1797 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alange en Ayuntamiento De Alange.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alange
- Institución
- Ayuntamiento De Alange
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Alange
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 1772 € más al año que la media de alcaldes (108 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Pulido Gil
Alcalde Del Ayuntamiento De Alange
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 1796,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.151,98 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Alange
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 1796,57 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.151,98 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Juan Pulido Gil?
Juan Pulido Gil percibe un sueldo bruto anual de 25.152 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alange en Ayuntamiento De Alange. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Pulido Gil al mes?
Juan Pulido Gil percibe 1797 € brutos al mes, equivalentes a 25.152 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Pulido Gil?
El sueldo bruto anual de Juan Pulido Gil (25.152 €) equivale a 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Pulido Gil?
Juan Pulido Gil está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Pulido Gil?
Juan Pulido Gil ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alange en Ayuntamiento De Alange (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .