Juan Ramón López Visitación
Alcalde Del Ayuntamiento De Laredo · PSOE
Cuánto gana Juan Ramón López Visitación: percibe 45.000 € brutos al año (3214 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de laredo en Ayuntamiento De Laredo.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Laredo
- Institución
- Ayuntamiento De Laredo
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Cantabria
- Municipio
- Laredo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 21.620 € más al año que la media de alcaldes (192 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Ramón López Visitación
Alcalde Del Ayuntamiento De Laredo
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 3214,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Laredo
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 3214,29 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Juan Ramón López Visitación?
Juan Ramón López Visitación percibe un sueldo bruto anual de 45.000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Laredo en Ayuntamiento De Laredo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Ramón López Visitación al mes?
Juan Ramón López Visitación percibe 3214 € brutos al mes, equivalentes a 45.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Ramón López Visitación?
El sueldo bruto anual de Juan Ramón López Visitación (45.000 €) equivale a 2,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Ramón López Visitación?
Juan Ramón López Visitación está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Ramón López Visitación?
Juan Ramón López Visitación ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Laredo en Ayuntamiento De Laredo (Cantabria).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .