Juan Ramon Soria Marina
Alcalde Del Ayuntamiento De Vinuesa · Partido Popular
Cuánto gana Juan Ramon Soria Marina: percibe 12.519 € brutos al año (894 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de vinuesa en Ayuntamiento De Vinuesa.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Vinuesa
- Institución
- Ayuntamiento De Vinuesa
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Vinuesa
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 10.861 € menos al año que la media de alcaldes (54 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Ramon Soria Marina
Alcalde Del Ayuntamiento De Vinuesa
PPEn activo| Salario bruto mensual | 894,24 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.519,36 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Vinuesa
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1955,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 23.470,36 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Juan Ramon Soria Marina?
Juan Ramon Soria Marina percibe un sueldo bruto anual de 12.519 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Vinuesa en Ayuntamiento De Vinuesa. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Ramon Soria Marina al mes?
Juan Ramon Soria Marina percibe 894 € brutos al mes, equivalentes a 12.519 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Ramon Soria Marina?
El sueldo bruto anual de Juan Ramon Soria Marina (12.519 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Ramon Soria Marina?
Juan Ramon Soria Marina está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Ramon Soria Marina?
Juan Ramon Soria Marina ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Vinuesa en Ayuntamiento De Vinuesa (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .