Juan Vargas Lopez
Alcalde Del Ayuntamiento De Turón · Partido Popular
Cuánto gana Juan Vargas Lopez: percibe 420 € brutos al año (30 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de turón en Ayuntamiento De Turón.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Turón
- Institución
- Ayuntamiento De Turón
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Turón
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.960 € menos al año que la media de alcaldes (2 %).
Sueldo y retribuciones de Juan Vargas Lopez
Alcalde Del Ayuntamiento De Turón
PPEn activo| Salario bruto mensual | 30,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 420,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Turón
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 25,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 300,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Juan Vargas Lopez?
Juan Vargas Lopez percibe un sueldo bruto anual de 420 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Turón en Ayuntamiento De Turón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Juan Vargas Lopez al mes?
Juan Vargas Lopez percibe 30 € brutos al mes, equivalentes a 420 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Juan Vargas Lopez?
El sueldo bruto anual de Juan Vargas Lopez (420 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Juan Vargas Lopez?
Juan Vargas Lopez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Juan Vargas Lopez?
Juan Vargas Lopez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Turón en Ayuntamiento De Turón (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .