Julia Prudencia Medina Alcolea
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Julia Prudencia Medina Alcolea: percibe 29.670 € brutos al año (2119 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Socuéllamos.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Socuéllamos
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Socuéllamos
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Cobra 6290 € más al año que la media de alcaldes (127 %).
Sueldo y retribuciones de Julia Prudencia Medina Alcolea
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 2119,27 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.669,76 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 2119,27 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 29.669,76 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Julia Prudencia Medina Alcolea?
Julia Prudencia Medina Alcolea percibe un sueldo bruto anual de 29.670 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Socuéllamos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Julia Prudencia Medina Alcolea al mes?
Julia Prudencia Medina Alcolea percibe 2119 € brutos al mes, equivalentes a 29.670 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Julia Prudencia Medina Alcolea?
El sueldo bruto anual de Julia Prudencia Medina Alcolea (29.670 €) equivale a 1,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Julia Prudencia Medina Alcolea?
Julia Prudencia Medina Alcolea está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Julia Prudencia Medina Alcolea?
Julia Prudencia Medina Alcolea ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Socuéllamos (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .