Julio Pascual Lorenzo
Alcalde Del Ayuntamiento De Torregamones · PSOE
Cuánto gana Julio Pascual Lorenzo: percibe 5240 € brutos al año (437 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de torregamones en Ayuntamiento De Torregamones.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Torregamones
- Institución
- Ayuntamiento De Torregamones
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Torregamones
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 18.140 € menos al año que la media de alcaldes (22 %).
Sueldo y retribuciones de Julio Pascual Lorenzo
Alcalde Del Ayuntamiento De Torregamones
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 436,68 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 5240,16 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Torregamones
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 436,68 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 5240,16 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Julio Pascual Lorenzo?
Julio Pascual Lorenzo percibe un sueldo bruto anual de 5240 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Torregamones en Ayuntamiento De Torregamones. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Julio Pascual Lorenzo al mes?
Julio Pascual Lorenzo percibe 437 € brutos al mes, equivalentes a 5240 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Julio Pascual Lorenzo?
El sueldo bruto anual de Julio Pascual Lorenzo (5240 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Julio Pascual Lorenzo?
Julio Pascual Lorenzo está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Julio Pascual Lorenzo?
Julio Pascual Lorenzo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Torregamones en Ayuntamiento De Torregamones (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .