Junior Rodriguez Rodriguez
Alcalde Del Ayuntamiento De Cacabelos · PSOE
Cuánto gana Junior Rodriguez Rodriguez: percibe 22.224 € brutos al año (1587 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cacabelos.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cacabelos
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 1156 € menos al año que la media de alcaldes (95 %).
Sueldo y retribuciones de Junior Rodriguez Rodriguez
Alcalde Del Ayuntamiento De Cacabelos
PSOE2020–2023| Salario bruto mensual | 1587,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.224,03 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Cacabelos
PSOE2020–2023| Salario bruto mensual | 1587,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.224,03 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes
Ver todos →Comparar a Junior Rodriguez Rodriguez con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Junior Rodriguez Rodriguez?
Junior Rodriguez Rodriguez percibe un sueldo bruto anual de 22.224 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cacabelos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Junior Rodriguez Rodriguez al mes?
Junior Rodriguez Rodriguez percibe 1587 € brutos al mes, equivalentes a 22.224 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Junior Rodriguez Rodriguez?
El sueldo bruto anual de Junior Rodriguez Rodriguez (22.224 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Junior Rodriguez Rodriguez?
Junior Rodriguez Rodriguez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Junior Rodriguez Rodriguez?
Junior Rodriguez Rodriguez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cacabelos.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .