Lara María Martínez Fernández
Concejal · PSOE
Cuánto gana Lara María Martínez Fernández: percibe 65.428 € brutos al año (4673 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Gijón.
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6566 € más al año que la media de concejales (111 %).
Sueldo y retribuciones de Lara María Martínez Fernández
Concejal
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 4673,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 65.428,08 € |
Directora-Gerente de Divertia Gijón
Sin partidoDesde 2019| Salario bruto mensual | 3857,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 54.000,00 € |
Concejala
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 2789,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.055,38 € |
Dedicación parcial
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros concejales en Asturias
Ver todos →Comparar a Lara María Martínez Fernández con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Lara María Martínez Fernández?
Lara María Martínez Fernández percibe un sueldo bruto anual de 65.428 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Gijón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Lara María Martínez Fernández al mes?
Lara María Martínez Fernández percibe 4673 € brutos al mes, equivalentes a 65.428 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Lara María Martínez Fernández?
El sueldo bruto anual de Lara María Martínez Fernández (65.428 €) equivale a 3,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Lara María Martínez Fernández?
Lara María Martínez Fernández está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Lara María Martínez Fernández?
Lara María Martínez Fernández ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Gijón (Asturias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .