Laura Fernández Díaz
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Laura Fernández Díaz: percibe 22.745 € brutos al año (1625 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Recas.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Recas
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Recas
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 635 € menos al año que la media de alcaldes (97 %).
Sueldo y retribuciones de Laura Fernández Díaz
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 1624,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.745,39 € |
| Dietas | 4132,65 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 1624,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.745,39 € |
| Dietas | 4132,65 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Laura Fernández Díaz?
Laura Fernández Díaz percibe un sueldo bruto anual de 22.745 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Recas. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Laura Fernández Díaz al mes?
Laura Fernández Díaz percibe 1625 € brutos al mes, equivalentes a 22.745 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Laura Fernández Díaz?
El sueldo bruto anual de Laura Fernández Díaz (22.745 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Laura Fernández Díaz?
Laura Fernández Díaz está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Laura Fernández Díaz?
Laura Fernández Díaz ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Recas (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .