Leticia Santos Paz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Moaña · BNG
Cuánto gana Leticia Santos Paz: percibe 40.013 € brutos al año en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de moaña en Ayuntamiento De Moaña.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Moaña
- Institución
- Ayuntamiento De Moaña
- Partido
- BNG
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Moaña
- Nacimiento
- 1 de marzo de 1985 · 41 años
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.633 € más al año que la media de alcaldes (171 %).
Sueldo y retribuciones de Leticia Santos Paz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Moaña
BNGEn activo| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.013,26 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2023.
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Moaña
BNG2019–2023| Salario bruto mensual | 3221,68 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 38.660,16 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Leticia Santos Paz?
Leticia Santos Paz percibe un sueldo bruto anual de 40.013 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Moaña en Ayuntamiento De Moaña. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Leticia Santos Paz?
El sueldo bruto anual de Leticia Santos Paz (40.013 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Leticia Santos Paz?
Leticia Santos Paz está afiliado o vinculado a BNG.
¿Qué cargo tiene actualmente Leticia Santos Paz?
Leticia Santos Paz ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Moaña en Ayuntamiento De Moaña (Galicia).
¿Qué edad tiene Leticia Santos Paz?
Leticia Santos Paz nació el 1 de marzo de 1985 y tiene 41 años actualmente.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .