Lierni Altuna Ugarte
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Aramaio · EH Bildu
Cuánto gana Lierni Altuna Ugarte: percibe 40.765 € brutos al año (3397 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de aramaio en Ayuntamiento De Aramaio.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Aramaio
- Institución
- Ayuntamiento De Aramaio
- Partido
- EH Bildu
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Aramaio
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.384 € más al año que la media de alcaldes (174 %).
Sueldo y retribuciones de Lierni Altuna Ugarte
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Aramaio
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 3397,04 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.764,50 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Aramaio
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 3397,04 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.764,50 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Lierni Altuna Ugarte?
Lierni Altuna Ugarte percibe un sueldo bruto anual de 40.765 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Aramaio en Ayuntamiento De Aramaio. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Lierni Altuna Ugarte al mes?
Lierni Altuna Ugarte percibe 3397 € brutos al mes, equivalentes a 40.765 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Lierni Altuna Ugarte?
El sueldo bruto anual de Lierni Altuna Ugarte (40.765 €) equivale a 2,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Lierni Altuna Ugarte?
Lierni Altuna Ugarte está afiliado o vinculado a EH Bildu.
¿Qué cargo tiene actualmente Lierni Altuna Ugarte?
Lierni Altuna Ugarte ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Aramaio en Ayuntamiento De Aramaio (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .