Llorenç Perelló Rosselló
Alcalde Del Ayuntamiento De Alaró · Partido Popular
Cuánto gana Llorenç Perelló Rosselló: percibe 7721 € brutos al año (551 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alaró en Ayuntamiento De Alaró.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alaró
- Institución
- Ayuntamiento De Alaró
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Islas Baleares
- Municipio
- Alaró
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.659 € menos al año que la media de alcaldes (33 %).
Sueldo y retribuciones de Llorenç Perelló Rosselló
Alcalde Del Ayuntamiento De Alaró
PPEn activo| Salario bruto mensual | 551,48 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7720,77 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Alaró
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 3081,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.980,02 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Llorenç Perelló Rosselló?
Llorenç Perelló Rosselló percibe un sueldo bruto anual de 7721 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alaró en Ayuntamiento De Alaró. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Llorenç Perelló Rosselló al mes?
Llorenç Perelló Rosselló percibe 551 € brutos al mes, equivalentes a 7721 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Llorenç Perelló Rosselló?
El sueldo bruto anual de Llorenç Perelló Rosselló (7721 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Llorenç Perelló Rosselló?
Llorenç Perelló Rosselló está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Llorenç Perelló Rosselló?
Llorenç Perelló Rosselló ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alaró en Ayuntamiento De Alaró (Islas Baleares).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .