Lope Ruiz López
Alcalde Del Ayuntamiento De Iznájar · PSOE
Cuánto gana Lope Ruiz López: percibe 34.236 € brutos al año (2445 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de iznájar en Ayuntamiento De Iznájar.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Iznájar
- Institución
- Ayuntamiento De Iznájar
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Iznájar
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 10.856 € más al año que la media de alcaldes (146 %).
Sueldo y retribuciones de Lope Ruiz López
Alcalde Del Ayuntamiento De Iznájar
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 2445,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.235,96 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcalde Del Ayuntamiento De Iznájar
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 2606,25 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 31.275,02 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Lope Ruiz López?
Lope Ruiz López percibe un sueldo bruto anual de 34.236 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Iznájar en Ayuntamiento De Iznájar. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Lope Ruiz López al mes?
Lope Ruiz López percibe 2445 € brutos al mes, equivalentes a 34.236 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Lope Ruiz López?
El sueldo bruto anual de Lope Ruiz López (34.236 €) equivale a 2,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Lope Ruiz López?
Lope Ruiz López está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Lope Ruiz López?
Lope Ruiz López ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Iznájar en Ayuntamiento De Iznájar (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .