Luis Miguel Lerma Gomez
Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta · Partido Popular
Cuánto gana Luis Miguel Lerma Gomez: percibe 6233 € brutos al año (519 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de villarta en Ayuntamiento De Villarta.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta
- Institución
- Ayuntamiento De Villarta
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Villarta
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.147 € menos al año que la media de alcaldes (27 %).
Sueldo y retribuciones de Luis Miguel Lerma Gomez
Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 519,39 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6232,72 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 519,39 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6232,72 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Luis Miguel Lerma Gomez?
Luis Miguel Lerma Gomez percibe un sueldo bruto anual de 6233 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta en Ayuntamiento De Villarta. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Luis Miguel Lerma Gomez al mes?
Luis Miguel Lerma Gomez percibe 519 € brutos al mes, equivalentes a 6233 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Luis Miguel Lerma Gomez?
El sueldo bruto anual de Luis Miguel Lerma Gomez (6233 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Luis Miguel Lerma Gomez?
Luis Miguel Lerma Gomez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Luis Miguel Lerma Gomez?
Luis Miguel Lerma Gomez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Villarta en Ayuntamiento De Villarta (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .