Cargo histórico

Luis Pedro Boteller Enjuanes

Alcalde del Ayuntamiento de Peralta de Calasanz · PSOE

Sueldo bruto anual0 €

No consta una retribución pública para el cargo actual de Luis Pedro Boteller Enjuanes. Puede tratarse de un cargo sin dedicación exclusiva, ad honorem o sin dato salarial publicado en las fuentes oficiales consultadas.

Cargo
Alcalde del Ayuntamiento de Peralta de Calasanz
Institución
Ayuntamiento de Peralta de Calasanz
Partido
PSOE
Comunidad
Aragón
Municipio
Peralta De Calasanz

Biografía

Luis Pedro Boteller Enjuanes ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Peralta de Calasanz en representación de PSOE. Ostenta el cargo sin retribución pública (cargo ad honorem). Anteriormente ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Peralta de Calasanz entre 2019 y 2023 en representación de PSOE.

¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.

Sueldo y retribuciones de Luis Pedro Boteller Enjuanes

Alcalde del Ayuntamiento de Peralta de Calasanz

PSOE2019–2023
Salario bruto mensual0,00 €
Salario bruto anual0,00 €

Sin dedicación

Alcalde del Ayuntamiento de Peralta de Calasanz

PSOE2019–2023
Salario bruto mensual0,00 €
Salario bruto anual0,00 €

Sin dedicación

Otros políticos de PSOE

Ver todos →

Otros alcaldes de España, por sueldo

Ver todos →

Comparar a Luis Pedro Boteller Enjuanes con…

Ver todas las comparativas →

Preguntas frecuentes

¿De qué partido es Luis Pedro Boteller Enjuanes?

Luis Pedro Boteller Enjuanes está afiliado o vinculado a PSOE.

¿Qué cargo ocupó Luis Pedro Boteller Enjuanes?

Luis Pedro Boteller Enjuanes ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Peralta de Calasanz en Ayuntamiento de Peralta de Calasanz (Aragón).

Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Datos cargados y normalizados de forma automática; el criterio editorial y las comprobaciones están descritos en la metodología.Última actualización del registro: .