Magdalena Carmona López
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Calamonte · Partido Popular
Cuánto gana Magdalena Carmona López: percibe 36.061 € brutos al año (3005 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de calamonte.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Calamonte
- Partido
- Partido Popular
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 12.681 € más al año que la media de alcaldes (154 %).
Sueldo y retribuciones de Magdalena Carmona López
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Calamonte
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 3005,09 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.061,08 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Calamonte
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 3005,09 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.061,08 € |
Dedicación Exclusiva
Diputada
Partido PopularHasta 2019| Salario bruto mensual | 4261,01 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 59.654,14 € |
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¿Cuánto gana Magdalena Carmona López?
Magdalena Carmona López percibe un sueldo bruto anual de 36.061 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Calamonte. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Magdalena Carmona López al mes?
Magdalena Carmona López percibe 3005 € brutos al mes, equivalentes a 36.061 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Magdalena Carmona López?
El sueldo bruto anual de Magdalena Carmona López (36.061 €) equivale a 2,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Magdalena Carmona López?
Magdalena Carmona López está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Magdalena Carmona López?
Magdalena Carmona López ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Calamonte.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .