Manuel Campos Velay
Alcalde Del Ayuntamiento De Cuntis · PSOE
Cuánto gana Manuel Campos Velay: percibe 36.969 € brutos al año (2641 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de cuntis en Ayuntamiento De Cuntis.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Cuntis
- Institución
- Ayuntamiento De Cuntis
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Cuntis
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 13.589 € más al año que la media de alcaldes (158 %).
Sueldo y retribuciones de Manuel Campos Velay
Alcalde Del Ayuntamiento De Cuntis
PSdeG-PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 2640,64 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.968,96 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcalde Del Ayuntamiento De Cuntis
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2819,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 33.834,03 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Manuel Campos Velay?
Manuel Campos Velay percibe un sueldo bruto anual de 36.969 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Cuntis en Ayuntamiento De Cuntis. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Manuel Campos Velay al mes?
Manuel Campos Velay percibe 2641 € brutos al mes, equivalentes a 36.969 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Manuel Campos Velay?
El sueldo bruto anual de Manuel Campos Velay (36.969 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Manuel Campos Velay?
Manuel Campos Velay está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Manuel Campos Velay?
Manuel Campos Velay ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Cuntis en Ayuntamiento De Cuntis (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .