Manuel Cuiña Fernandez
Alcalde Del Ayuntamiento De Silleda · PSOE
Cuánto gana Manuel Cuiña Fernandez: percibe 49.970 € brutos al año en 2026 como alcalde del ayuntamiento de silleda.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Silleda
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 26.590 € más al año que la media de alcaldes (214 %).
Sueldo y retribuciones de Manuel Cuiña Fernandez
Alcalde Del Ayuntamiento De Silleda
PSdeG-PSOEDesde 2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 49.970,29 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y en exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Silleda
PSdeG-PSOEDesde 2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 49.970,29 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y en exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Silleda
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 4069,47 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 48.833,68 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Manuel Cuiña Fernandez?
Manuel Cuiña Fernandez percibe un sueldo bruto anual de 49.970 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Silleda. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Manuel Cuiña Fernandez?
El sueldo bruto anual de Manuel Cuiña Fernandez (49.970 €) equivale a 2,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Manuel Cuiña Fernandez?
Manuel Cuiña Fernandez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Manuel Cuiña Fernandez?
Manuel Cuiña Fernandez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Silleda.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .