Manuel Hueso Murillo
Alcalde Del Ayuntamiento De Rus · PSOE
Cuánto gana Manuel Hueso Murillo: percibe 36.960 € brutos al año (3080 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de rus en Ayuntamiento De Rus.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Rus
- Institución
- Ayuntamiento De Rus
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Rus
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 13.580 € más al año que la media de alcaldes (158 %).
Sueldo y retribuciones de Manuel Hueso Murillo
Alcalde Del Ayuntamiento De Rus
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 3080,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.960,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Rus
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 3080,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.960,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Manuel Hueso Murillo?
Manuel Hueso Murillo percibe un sueldo bruto anual de 36.960 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Rus en Ayuntamiento De Rus. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Manuel Hueso Murillo al mes?
Manuel Hueso Murillo percibe 3080 € brutos al mes, equivalentes a 36.960 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Manuel Hueso Murillo?
El sueldo bruto anual de Manuel Hueso Murillo (36.960 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Manuel Hueso Murillo?
Manuel Hueso Murillo está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Manuel Hueso Murillo?
Manuel Hueso Murillo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Rus en Ayuntamiento De Rus (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .