Manuel Lavado Barroso
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos De Maimona · Partido Popular
Cuánto gana Manuel Lavado Barroso: percibe 53.283 € brutos al año (3806 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de los santos de maimona en Ayuntamiento De Los Santos De Maimona.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos De Maimona
- Institución
- Ayuntamiento De Los Santos De Maimona
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Los Santos De Maimona
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Cobra 29.903 € más al año que la media de alcaldes (228 %).
Sueldo y retribuciones de Manuel Lavado Barroso
Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos De Maimona
PPEn activo| Salario bruto mensual | 3805,94 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 53.283,10 € |
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¿Cuánto gana Manuel Lavado Barroso?
Manuel Lavado Barroso percibe un sueldo bruto anual de 53.283 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos De Maimona en Ayuntamiento De Los Santos De Maimona. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Manuel Lavado Barroso al mes?
Manuel Lavado Barroso percibe 3806 € brutos al mes, equivalentes a 53.283 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Manuel Lavado Barroso?
El sueldo bruto anual de Manuel Lavado Barroso (53.283 €) equivale a 3,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Manuel Lavado Barroso?
Manuel Lavado Barroso está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Manuel Lavado Barroso?
Manuel Lavado Barroso ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Los Santos De Maimona en Ayuntamiento De Los Santos De Maimona (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .