Manuel Requeijo Arnejo
Alcalde Del Ayuntamiento De Muras · BNG
Cuánto gana Manuel Requeijo Arnejo: percibe 34.848 € brutos al año (2489 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de muras en Ayuntamiento De Muras.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Muras
- Institución
- Ayuntamiento De Muras
- Partido
- BNG
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Muras
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.468 € más al año que la media de alcaldes (149 %).
Sueldo y retribuciones de Manuel Requeijo Arnejo
Alcalde Del Ayuntamiento De Muras
BNGEn activo| Salario bruto mensual | 2489,15 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.848,10 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcalde Del Ayuntamiento De Muras
BNG2019–2023| Salario bruto mensual | 2659,76 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 31.917,06 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Manuel Requeijo Arnejo?
Manuel Requeijo Arnejo percibe un sueldo bruto anual de 34.848 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Muras en Ayuntamiento De Muras. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Manuel Requeijo Arnejo al mes?
Manuel Requeijo Arnejo percibe 2489 € brutos al mes, equivalentes a 34.848 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Manuel Requeijo Arnejo?
El sueldo bruto anual de Manuel Requeijo Arnejo (34.848 €) equivale a 2,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Manuel Requeijo Arnejo?
Manuel Requeijo Arnejo está afiliado o vinculado a BNG.
¿Qué cargo tiene actualmente Manuel Requeijo Arnejo?
Manuel Requeijo Arnejo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Muras en Ayuntamiento De Muras (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .