Manuel Saez Palomares
Alcalde Del Ayuntamiento De Aliaguilla · PSOE
Cuánto gana Manuel Saez Palomares: percibe 7000 € brutos al año (583 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de aliaguilla en Ayuntamiento De Aliaguilla.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Aliaguilla
- Institución
- Ayuntamiento De Aliaguilla
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Aliaguilla
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.380 € menos al año que la media de alcaldes (30 %).
Sueldo y retribuciones de Manuel Saez Palomares
Alcalde Del Ayuntamiento De Aliaguilla
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 583,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7000,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Aliaguilla
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 583,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 7000,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Manuel Saez Palomares?
Manuel Saez Palomares percibe un sueldo bruto anual de 7000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Aliaguilla en Ayuntamiento De Aliaguilla. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Manuel Saez Palomares al mes?
Manuel Saez Palomares percibe 583 € brutos al mes, equivalentes a 7000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Manuel Saez Palomares?
El sueldo bruto anual de Manuel Saez Palomares (7000 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Manuel Saez Palomares?
Manuel Saez Palomares está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Manuel Saez Palomares?
Manuel Saez Palomares ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Aliaguilla en Ayuntamiento De Aliaguilla (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .