Manuela Monzonís Barberá
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Manuela Monzonís Barberá: percibe 180 € brutos al año (13 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Cirat.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Cirat
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Cirat
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.200 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Manuela Monzonís Barberá
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 12,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 180,00 € |
| Dietas | 180,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 12,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 180,00 € |
| Dietas | 180,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Manuela Monzonís Barberá?
Manuela Monzonís Barberá percibe un sueldo bruto anual de 180 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Cirat. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Manuela Monzonís Barberá al mes?
Manuela Monzonís Barberá percibe 13 € brutos al mes, equivalentes a 180 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Manuela Monzonís Barberá?
El sueldo bruto anual de Manuela Monzonís Barberá (180 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Manuela Monzonís Barberá?
Manuela Monzonís Barberá está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Manuela Monzonís Barberá?
Manuela Monzonís Barberá ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Cirat (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .