Marcos García Núñez
Alcalde Del Ayuntamiento De Zalamea La Real · IULV-CA
Cuánto gana Marcos García Núñez: percibe 35.616 € brutos al año (2544 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de zalamea la real en Ayuntamiento De Zalamea La Real.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Zalamea La Real
- Institución
- Ayuntamiento De Zalamea La Real
- Partido
- IULV-CA
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Zalamea La Real
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Cobra 12.236 € más al año que la media de alcaldes (152 %).
Sueldo y retribuciones de Marcos García Núñez
Alcalde Del Ayuntamiento De Zalamea La Real
IULV-CAInactivo| Salario bruto mensual | 2544,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.616,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Zalamea La Real
IULV-CAInactivo| Salario bruto mensual | 2544,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.616,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Marcos García Núñez?
Marcos García Núñez percibe un sueldo bruto anual de 35.616 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Zalamea La Real en Ayuntamiento De Zalamea La Real. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Marcos García Núñez al mes?
Marcos García Núñez percibe 2544 € brutos al mes, equivalentes a 35.616 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Marcos García Núñez?
El sueldo bruto anual de Marcos García Núñez (35.616 €) equivale a 2,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Marcos García Núñez?
Marcos García Núñez está afiliado o vinculado a IULV-CA.
¿Qué cargo tiene actualmente Marcos García Núñez?
Marcos García Núñez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Zalamea La Real en Ayuntamiento De Zalamea La Real (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .