Margarita Castillo Martos
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albondón · PSOE
Cuánto gana Margarita Castillo Martos: percibe 22.611 € brutos al año (1884 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de albondón en Ayuntamiento De Albondón.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albondón
- Institución
- Ayuntamiento De Albondón
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Albondón
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 769 € menos al año que la media de alcaldes (97 %).
Sueldo y retribuciones de Margarita Castillo Martos
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albondón
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 1884,22 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.610,70 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albondón
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 1884,22 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.610,70 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Margarita Castillo Martos?
Margarita Castillo Martos percibe un sueldo bruto anual de 22.611 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albondón en Ayuntamiento De Albondón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Margarita Castillo Martos al mes?
Margarita Castillo Martos percibe 1884 € brutos al mes, equivalentes a 22.611 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Margarita Castillo Martos?
El sueldo bruto anual de Margarita Castillo Martos (22.611 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Margarita Castillo Martos?
Margarita Castillo Martos está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Margarita Castillo Martos?
Margarita Castillo Martos ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albondón en Ayuntamiento De Albondón (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .