Margarita Lamela Louzán
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cee · PSOE
Cuánto gana Margarita Lamela Louzán: percibe 49.658 € brutos al año (3547 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de cee en Ayuntamiento De Cee.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cee
- Institución
- Ayuntamiento De Cee
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Cee
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 26.278 € más al año que la media de alcaldes (212 %).
Sueldo y retribuciones de Margarita Lamela Louzán
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cee
PSdeG-PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 3547,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 49.658,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cee
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2992,42 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.909,02 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Margarita Lamela Louzán?
Margarita Lamela Louzán percibe un sueldo bruto anual de 49.658 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cee en Ayuntamiento De Cee. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Margarita Lamela Louzán al mes?
Margarita Lamela Louzán percibe 3547 € brutos al mes, equivalentes a 49.658 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Margarita Lamela Louzán?
El sueldo bruto anual de Margarita Lamela Louzán (49.658 €) equivale a 2,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Margarita Lamela Louzán?
Margarita Lamela Louzán está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Margarita Lamela Louzán?
Margarita Lamela Louzán ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cee en Ayuntamiento De Cee (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .