Maria Carmen Costa Cerezuela
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Fraga · Partido Popular
Cuánto gana Maria Carmen Costa Cerezuela: percibe 40.600 € brutos al año (2900 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de fraga.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Fraga
- Partido
- Partido Popular
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.220 € más al año que la media de alcaldes (174 %).
Sueldo y retribuciones de Maria Carmen Costa Cerezuela
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Fraga
PPDesde 2020| Salario bruto mensual | 2900,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.600,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Fraga
PPDesde 2020| Salario bruto mensual | 2900,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.600,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
PP2019–2020| Salario bruto mensual | 2348,02 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 32.872,30 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Maria Carmen Costa Cerezuela?
Maria Carmen Costa Cerezuela percibe un sueldo bruto anual de 40.600 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Fraga. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria Carmen Costa Cerezuela al mes?
Maria Carmen Costa Cerezuela percibe 2900 € brutos al mes, equivalentes a 40.600 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria Carmen Costa Cerezuela?
El sueldo bruto anual de Maria Carmen Costa Cerezuela (40.600 €) equivale a 2,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria Carmen Costa Cerezuela?
Maria Carmen Costa Cerezuela está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria Carmen Costa Cerezuela?
Maria Carmen Costa Cerezuela ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Fraga.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .