María Carmen Ponsa Monge
Alcaldesa · JxM
Cuánto gana María Carmen Ponsa Monge: percibe 46.326 € brutos al año (3309 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Malgrat De Mar.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Malgrat De Mar
- Partido
- JxM
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Malgrat De Mar
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.946 € más al año que la media de alcaldes (198 %).
Sueldo y retribuciones de María Carmen Ponsa Monge
Alcaldesa
JxMInactivo| Salario bruto mensual | 3308,99 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 46.325,88 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
JxMInactivo| Salario bruto mensual | 3308,99 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 46.325,88 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana María Carmen Ponsa Monge?
María Carmen Ponsa Monge percibe un sueldo bruto anual de 46.326 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Malgrat De Mar. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María Carmen Ponsa Monge al mes?
María Carmen Ponsa Monge percibe 3309 € brutos al mes, equivalentes a 46.326 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María Carmen Ponsa Monge?
El sueldo bruto anual de María Carmen Ponsa Monge (46.326 €) equivale a 2,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María Carmen Ponsa Monge?
María Carmen Ponsa Monge está afiliado o vinculado a JxM.
¿Qué cargo tiene actualmente María Carmen Ponsa Monge?
María Carmen Ponsa Monge ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Malgrat De Mar (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .