María Cristina Peláez Izquierdo
Concejal · Vox
Cuánto gana María Cristina Peláez Izquierdo: percibe 73.260 € brutos al año (5233 € al mes) en 2026 como concejal en Ayuntamiento De Sevilla.
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los concejales en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.398 € más al año que la media de concejales (124 %).
Sueldo y retribuciones de María Cristina Peláez Izquierdo
Concejal
VOX2019–2023| Salario bruto mensual | 5232,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 73.260,04 € |
Concejal
VOX2019–2023| Salario bruto mensual | 5232,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 73.260,04 € |
Otros políticos de Vox
Ver todos →Otros concejales en Andalucía
Ver todos →Comparar a María Cristina Peláez Izquierdo con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana María Cristina Peláez Izquierdo?
María Cristina Peláez Izquierdo percibe un sueldo bruto anual de 73.260 € en 2026 como Concejal en Ayuntamiento De Sevilla. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María Cristina Peláez Izquierdo al mes?
María Cristina Peláez Izquierdo percibe 5233 € brutos al mes, equivalentes a 73.260 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María Cristina Peláez Izquierdo?
El sueldo bruto anual de María Cristina Peláez Izquierdo (73.260 €) equivale a 4,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María Cristina Peláez Izquierdo?
María Cristina Peláez Izquierdo está afiliado o vinculado a Vox.
¿Qué cargo tiene actualmente María Cristina Peláez Izquierdo?
María Cristina Peláez Izquierdo ocupa actualmente el cargo de Concejal en Ayuntamiento De Sevilla (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .