María Cristina Vicente Paule
Alcaldesa · Agrupación Independiente de Guijo de Coria
Cuánto gana María Cristina Vicente Paule: percibe 15.750 € brutos al año (1125 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Guijo De Coria.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Guijo De Coria
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Guijo De Coria
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 7630 € menos al año que la media de alcaldes (67 %).
Sueldo y retribuciones de María Cristina Vicente Paule
Alcaldesa
Agrupación Independiente de Guijo de CoriaHasta 2019| Salario bruto mensual | 1125,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 15.750,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
Agrupación Independiente de Guijo de CoriaHasta 2019| Salario bruto mensual | 1125,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 15.750,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana María Cristina Vicente Paule?
María Cristina Vicente Paule percibe un sueldo bruto anual de 15.750 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Guijo De Coria. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María Cristina Vicente Paule al mes?
María Cristina Vicente Paule percibe 1125 € brutos al mes, equivalentes a 15.750 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María Cristina Vicente Paule?
El sueldo bruto anual de María Cristina Vicente Paule (15.750 €) equivale a 0,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María Cristina Vicente Paule?
María Cristina Vicente Paule está afiliado o vinculado a Agrupación Independiente de Guijo de Coria.
¿Qué cargo tiene actualmente María Cristina Vicente Paule?
María Cristina Vicente Paule ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Guijo De Coria (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .