Maria de Dios de Dios
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Almarcha La · PSOE
Cuánto gana Maria de Dios de Dios: percibe 6300 € brutos al año (525 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de almarcha la en Ayuntamiento De Almarcha La.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Almarcha La
- Institución
- Ayuntamiento De Almarcha La
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Almarcha La
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.080 € menos al año que la media de alcaldes (27 %).
Sueldo y retribuciones de Maria de Dios de Dios
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Almarcha La
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 525,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6300,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Almarcha La
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 525,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6300,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Maria de Dios de Dios?
Maria de Dios de Dios percibe un sueldo bruto anual de 6300 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Almarcha La en Ayuntamiento De Almarcha La. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria de Dios de Dios al mes?
Maria de Dios de Dios percibe 525 € brutos al mes, equivalentes a 6300 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria de Dios de Dios?
El sueldo bruto anual de Maria de Dios de Dios (6300 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria de Dios de Dios?
Maria de Dios de Dios está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria de Dios de Dios?
Maria de Dios de Dios ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Almarcha La en Ayuntamiento De Almarcha La (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .