María del Pilar Martín San Pedro
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Brieva · Partido Popular
Cuánto gana María del Pilar Martín San Pedro: percibe 1000 € brutos al año (71 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de brieva en Ayuntamiento De Brieva.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Brieva
- Institución
- Ayuntamiento De Brieva
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Brieva
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Cobra 22.380 € menos al año que la media de alcaldes (4 %).
Sueldo y retribuciones de María del Pilar Martín San Pedro
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Brieva
PPEn activo| Salario bruto mensual | 71,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1000,00 € |
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¿Cuánto gana María del Pilar Martín San Pedro?
María del Pilar Martín San Pedro percibe un sueldo bruto anual de 1000 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Brieva en Ayuntamiento De Brieva. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María del Pilar Martín San Pedro al mes?
María del Pilar Martín San Pedro percibe 71 € brutos al mes, equivalentes a 1000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María del Pilar Martín San Pedro?
El sueldo bruto anual de María del Pilar Martín San Pedro (1000 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María del Pilar Martín San Pedro?
María del Pilar Martín San Pedro está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente María del Pilar Martín San Pedro?
María del Pilar Martín San Pedro ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Brieva en Ayuntamiento De Brieva (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .