María del Pilar Sánchez Martín
Alcaldesa · UPyD
Cuánto gana María del Pilar Sánchez Martín: percibe 14.000 € brutos al año (1000 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Hontanares De Eresma.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Hontanares De Eresma
- Partido
- UPyD
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Hontanares De Eresma
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 9380 € menos al año que la media de alcaldes (60 %).
Sueldo y retribuciones de María del Pilar Sánchez Martín
Alcaldesa
UPyDInactivo| Salario bruto mensual | 1000,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
UPyDInactivo| Salario bruto mensual | 1000,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 14.000,00 € |
Dedicación Exclusiva
Otros alcaldes en Castilla y León
Ver todos →Comparar a María del Pilar Sánchez Martín con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana María del Pilar Sánchez Martín?
María del Pilar Sánchez Martín percibe un sueldo bruto anual de 14.000 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Hontanares De Eresma. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María del Pilar Sánchez Martín al mes?
María del Pilar Sánchez Martín percibe 1000 € brutos al mes, equivalentes a 14.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María del Pilar Sánchez Martín?
El sueldo bruto anual de María del Pilar Sánchez Martín (14.000 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María del Pilar Sánchez Martín?
María del Pilar Sánchez Martín está afiliado o vinculado a UPyD.
¿Qué cargo tiene actualmente María del Pilar Sánchez Martín?
María del Pilar Sánchez Martín ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Hontanares De Eresma (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .