Maria Elena Martin Vazquez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Béjar · PSOE
Cuánto gana Maria Elena Martin Vazquez: percibe 42.000 € brutos al año (3000 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de béjar.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Béjar
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 18.620 € más al año que la media de alcaldes (180 %).
Sueldo y retribuciones de Maria Elena Martin Vazquez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Béjar
PSOEDesde 2020| Salario bruto mensual | 3000,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 42.000,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Béjar
PSOEDesde 2020| Salario bruto mensual | 3000,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 42.000,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
PSOE2019–2020| Salario bruto mensual | 2629,25 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.809,47 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Maria Elena Martin Vazquez?
Maria Elena Martin Vazquez percibe un sueldo bruto anual de 42.000 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Béjar. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria Elena Martin Vazquez al mes?
Maria Elena Martin Vazquez percibe 3000 € brutos al mes, equivalentes a 42.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria Elena Martin Vazquez?
El sueldo bruto anual de Maria Elena Martin Vazquez (42.000 €) equivale a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria Elena Martin Vazquez?
Maria Elena Martin Vazquez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria Elena Martin Vazquez?
Maria Elena Martin Vazquez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Béjar.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .