Maria Francisca Espinosa Garcia
Alcaldesa · PSOE
Cuánto gana Maria Francisca Espinosa Garcia: percibe 25.690 € brutos al año (1835 € al mes) en 2026 como alcaldesa.
- Cargo
- Alcaldesa
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 2310 € más al año que la media de alcaldes (110 %).
Sueldo y retribuciones de Maria Francisca Espinosa Garcia
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 1835,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.690,04 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 1835,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.690,04 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
PSOE-A2019–2021| Salario bruto mensual | 1835,01 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.690,14 € |
Retribuciones para el cargo en 2019. Dedicación parcial
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¿Cuánto gana Maria Francisca Espinosa Garcia?
Maria Francisca Espinosa Garcia percibe un sueldo bruto anual de 25.690 € en 2026 como Alcaldesa. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria Francisca Espinosa Garcia al mes?
Maria Francisca Espinosa Garcia percibe 1835 € brutos al mes, equivalentes a 25.690 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria Francisca Espinosa Garcia?
El sueldo bruto anual de Maria Francisca Espinosa Garcia (25.690 €) equivale a 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria Francisca Espinosa Garcia?
Maria Francisca Espinosa Garcia está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria Francisca Espinosa Garcia?
Maria Francisca Espinosa Garcia ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .