Maria Isabel Ramirez Sanchez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tresjuncos · Partido Popular
Cuánto gana Maria Isabel Ramirez Sanchez: percibe 4692 € brutos al año (335 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de tresjuncos en Ayuntamiento De Tresjuncos.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tresjuncos
- Institución
- Ayuntamiento De Tresjuncos
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Tresjuncos
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Cobra 18.688 € menos al año que la media de alcaldes (20 %).
Sueldo y retribuciones de Maria Isabel Ramirez Sanchez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tresjuncos
PPEn activo| Salario bruto mensual | 335,13 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4691,87 € |
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¿Cuánto gana Maria Isabel Ramirez Sanchez?
Maria Isabel Ramirez Sanchez percibe un sueldo bruto anual de 4692 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tresjuncos en Ayuntamiento De Tresjuncos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria Isabel Ramirez Sanchez al mes?
Maria Isabel Ramirez Sanchez percibe 335 € brutos al mes, equivalentes a 4692 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria Isabel Ramirez Sanchez?
El sueldo bruto anual de Maria Isabel Ramirez Sanchez (4692 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria Isabel Ramirez Sanchez?
Maria Isabel Ramirez Sanchez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria Isabel Ramirez Sanchez?
Maria Isabel Ramirez Sanchez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tresjuncos en Ayuntamiento De Tresjuncos (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .