María José Alarcón Fernández
Alcaldesa · UCIN
Cuánto gana María José Alarcón Fernández: percibe 2389 € brutos al año (171 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Pozuelo Del Rey.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Pozuelo Del Rey
- Partido
- UCIN
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Pozuelo Del Rey
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.991 € menos al año que la media de alcaldes (10 %).
Sueldo y retribuciones de María José Alarcón Fernández
Alcaldesa
UCIN2019–2021| Salario bruto mensual | 170,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2389,27 € |
Retribuciones para el cargo en 2019.
Alcaldesa
UCIN2019–2021| Salario bruto mensual | 170,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 2389,27 € |
Retribuciones para el cargo en 2019.
Otros alcaldes en Comunidad de Madrid
Ver todos →Comparar a María José Alarcón Fernández con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana María José Alarcón Fernández?
María José Alarcón Fernández percibe un sueldo bruto anual de 2389 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Pozuelo Del Rey. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María José Alarcón Fernández al mes?
María José Alarcón Fernández percibe 171 € brutos al mes, equivalentes a 2389 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María José Alarcón Fernández?
El sueldo bruto anual de María José Alarcón Fernández (2389 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María José Alarcón Fernández?
María José Alarcón Fernández está afiliado o vinculado a UCIN.
¿Qué cargo tiene actualmente María José Alarcón Fernández?
María José Alarcón Fernández ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Pozuelo Del Rey (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .